La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de dos mujeres trans que fueron discriminadas en un centro comercial de la Ciudad de México, donde se les negó el acceso a los baños femeninos, fueron exhibidas y tratadas con hostilidad.
La Corte determinó que: -Negarles el acceso por su identidad de género es discriminación
-Se debe presumir el daño moral en casos de discriminación.
-Las empresas deben indemnizarlas y pagar daños punitivos como sanción.
Este fallo sienta un precedente sobre el deber de los establecimientos de garantizar espacios libres de discriminación y la obligación de juzgar con perspectiva de género en estos casos.
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